La Comunidad Valenciana cierra totalmente la hostelería y el comercio a las 18 horas

  • 19 enero, 2021
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La Comunidad Valenciana cierra totalmente la hostelería y el comercio a las 18 horas

El presidente de la Comunidad Valenciana, Ximo Puig, ha adelantado el cierre total de la hostelería– excepto servicio para llevar sea distribuido en locales o por repartidores- y a las 18.00 horas el comercio -excepto comercio esencial como alimentación y farmacias-, medidas que entrarán en vigor este jueves durante 14 días. 

Ximo Puig ha avanzado también que pedirá al Gobierno avanzar el toque de queda a las 20.00 horas.

Se mantiene el cierre perimetral de la Comunidad Valenciana y las reuniones a 6 personas.

Cierre de todas las instalaciones deportivas excepto los profesionales.

Cese de la actividad de bingos, casinos, salones recreativos y apuestas.

Cierre cautelar de los centros recreativos de mayores, hogares de jubilados, de jóvenes y ludotecas. 

También se aplica a los locales en los que se desarrollen actividades festeras.

Decaen mañana los perimetrajes de los 29 municipios de la Comunidad Valenciana cerrados perimetralmente: Alcoy, Castalla, Polop, Llíria, Massanassa, Ayora, Utiel, Sedaví, Sollana, Guadassuar, Oliva, Daimús, Canals, Benigànim, Xàtiva, Moixent, Ontinyent, Cheste, Sinarcas, Anna, Quatretonda, Bonrepòs i Mirambell, Alfafar, Benetússer, Llocnou de la Corona, Borriol, Atzeneta del Maestrat, Soneja y Jérica

Detalle de las medidas

Por su parte, la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló, ha detallado las medidas establecidas para los próximos 14 días, y que serán publicadas en el DOGV del miércoles 20 de enero. En concreto ha explicado que consistirán en el cierre de centros recreativos de mayores y jóvenes, y de actividades festeras; el cierre de la hostelería, el de salas de bingo, casinos, salones recreativos, juegos y apuestas, y de la actividad comercial a partir de las 6.

Asimismo, se contempla el cierre de instalaciones y centros deportivos, y la reducción de aforos en zonas comunes de residencias de estudiantes, así como en velatorios, entierros y celebraciones.

Cierre cautelar de establecimientos, espacios y actividades

Se cierran los centros recreativos de mayores (hogares del jubilado) y de jóvenes (ludotecas, centros de ocio juvenil…) con suspensión de la actividad, así como de los centros donde se desarrollen actividades festeras tradicionales, de las previstas en el Decreto 28/2011, de 18 de marzo, del Consell. Con suspensión en dichos centros o locales de las actividades festeras tradicionales.

También se establece el cierre de bares, restaurantes, cafeterías y otros establecimientos de ocio, salvo que en los mismos se preste servicio de recogida de comida y/o bebida en el local o envío a domicilio. Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales, establecimientos y actividades que, en virtud de sus especiales características, presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible.

Por lo tanto se exceptúan los servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de profesionales; servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos; servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados; servicio de comedor escolar en guarderías y centros docentes de enseñanza reglada (Colegios de Educación Primaria, Institutos y Universidades). Asimismo, se exceptúan los servicios de restauración en áreas de servicio de vías de comunicación.

Cierre de locales comerciales

También se determina el cierre los locales comerciales y superficies comerciales a partir de las 6 de la tarde. Se exceptúa de lo anterior, la actividad comercial de los establecimientos y locales comerciales dedicados a la actividad comercial esencial de alimentación, higiene, farmacias, ortopedias, ópticas, servicios de peluquería y centros de veterinaria, únicamente para la venta de dichos productos, así como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas que se puedan encontrar en el interior de los establecimientos.

Además, se determina el cierre de los establecimientos y cese de actividades en salas de bingo, casinos, salones recreativos, juegos y apuestas.

Cierre cautelar de espacios deportivos

Se determina el cierre de instalaciones y centros deportivos, excepto aquellos destinados a la práctica de deporte profesional en competiciones oficiales. No se podrá practicar actividad física o deporte en centros deportivos, clubs, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, etc.

El detalle de estas medidas podrá consultarse en la resolución que será publicada mañana en el DOGV.

Medidas relativas a residencias de estudiantes, velatorios, entierros y celebraciones

En las residencias de estudiantes se limita el uso de zonas comunes al 30% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos) y siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención, y se prohíbe las visitas a las residencias de estudiantes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 15 personas en espacios al aire libre o de 10 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes y siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad. Estas medidas también serán de aplicación a las ceremonias no religiosas que puedan realizarse en instalaciones públicas o privadas.

Estas medidas se han adoptado tras la reunió de la Mesa Interdepartamental para la Prevención y Actuación ante la covid-19, que se ha producido a las 13 horas.

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